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La justicia de EEUU suspendió el fallo contra la petrolera estatal argentina YPF

La sentencia que ordenaba a la Argentina violar su propia legislación y entregar el 51 por ciento de las acciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales -YPF- a los fondos buitres quedó temporalmente bloqueada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.

Esa suspensión temporal durará hasta que esa misma Cámara decida entre estas dos opciones:

a) aceptar el pedido de Argentina de prolongar la suspensión hasta que la misma Cámara resuelva la apelación argentina sobre la sentencia de fondo de Preska (que condenó a nuestro país a pagar US$16.100 millones), o bien aplique la opción b. 

b) rechazar el pedido de Argentina de prolongar la suspensión y permitir que recobre vigencia la orden de Preska.

«La Cámara puede fallar en cualquier momento a partir del 22/7 cuando terminen con las apelaciones de las partes pero no tiene plazo para hacerlo”, explicó en redes sociales, Sebastián Soler, abogado experto en el caso.

¿Qué es un fondo buitre?

Los fondos buitres son empresas nacionales o extranjeras que se dedican a comprar deudas de economías con problemas y créditos litigiosos. Compran acciones a precios de gallina flaca y luego, recuperan su inversión vendiéndolas a una cotización mayor.

La defensa de Argentina

La expropiación de YPF, privatizada en los años noventa a favor de Repsol, ocurrió en 2012 con el aval del Congreso de la Nación.

Luego que los fondos buitres adquirieran una parte de las acciones de la petrolera estatal en propiedad de la familia Esquenazi, activaron el lobby para hacer su tarea: conseguir algún resarcimiento económico extra. 

En 2015, el fondo inglés Burford Capital pidió una indemnización ante un tribunal de Nueva York por 16.100 millones de dólares que diez años después recibe fallo favorable.

Una jueza ordenó el 14 de julio de 2025 que, en 15 días, Argentina transfiera el 51% de las acciones expropiadas a los demandantes

Pero aún no está echada la última carta. 

Ahora, hasta el 17 de julio, los litigantes podrán objetar la decisión sobre una interrupción más prolongada y, hasta el 22 de julio, el Estado argentino tendrá posibilidad de responder.

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