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Robo de petroleros: ¿qué dicen las leyes?

Este fin de semana se conoció del robo de petroleros procedentes de Venezuela y cargados de crudo, a manos de Washington.

¿Qué establecen las leyes internacionales sobre esto? 

Comencemos con esta Ley de 1998, el Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima: 

En su artículo 3 enumera los delitos en alta mar y veamos cuántos cometió EE.UU.:

Apoderarse de un buque o ejercer control sobre él por la fuerza o la amenaza: Y ni siquiera ha sido un buque, sino varios.

Cometer un acto de violencia contra una persona a bordo si el acto tiene o puede tener consecuencias peligrosas para la seguridad del buque: Washington no ha anunciado qué ha pasado con los tripulantes de estos barcos, su paradero, o siquiera una prueba de vida

Destruir un buque o causar daños que pongan en peligro su seguridad: Tras una intervención con helicópteros y armas en alta mar, este punto y el siguiente se explican por sí solos…

Colocar o activar dispositivos que puedan destruir un buque o causar daños. Y por último:

Toda tentativa de cometer cualquiera de los actos mencionados.

Esta Ley tiene un antecedente, de 1958, aún vigente: es la Convención de Ginebra sobre la Alta Mar, cuyo artículo 2 dice que: «Ningún Estado puede ejercer soberanía sobre ninguna parte de la alta mar, que es común a todos los Estados».

Y sobre la persecución en Alta Mar, establece que «solo Estados costeros pueden perseguir buques que hayan infringido leyes en aguas interiores o mar territorial, siempre que la persecución sea continua».

Robo
Petróleo

Así que en el supuesto de que Estados Unidos se base en sus sanciones como excusa, la ley internacional deja claro que una medida unilateral no da autorización para intervenir buques, y mucho menos si estos no estuvieron en su mar territorial.

Además, hay una Prohibición de Detención por Autoridades Extranjeras: «Ninguna detención de un buque, aun como medida de investigación, podrá ordenarla autoridades distintas de las del Estado de pabellón». La incautación por la Guardia Costera de EE.UU. viola este principio de exclusividad jurisdiccional.

LEA MÁS: La Casa Blanca defiende incautación de petrolero «Centuries» por transportar «petróleo bajo sanciones»

Washington tampoco podría ampararse en el Régimen de Piratería, aún cuando digan que el petróleo sancionado viola leyes nacionales de Estados Unidos, pues los petroleros no estaban cometiendo «actos ilegales de violencia o depredación”. El Artículo 19 otorga derecho de captura por piratería, pero no autoriza la captura amparada en sanciones unilaterales. 

Sin embargo, el argumento de Venezuela es que Estados Unidos es quien está cometiendo piratería y esto se basa en el Artículo 15 de la Ley de Alta Mar: Estados Unidos declaró que se adueña de los buques con fines de apropiación del petróleo, y utiliza a un buque de guerra -la Guardia Costera, con apoyo militar- para cometer estos actos ilegales de detención en alta mar.

E incluso en el caso de barcos que naveguen con una bandera diferente a la suya, esto no justifica la captura, pues existen procedimientos internacionales establecidos para esos casos y nada tienen que ver con robarse la carga de estas embarcaciones.

Paradoja de EE.UU.: «Robo petróleo por estar «sancionado», pero autorizo a Chevron a producir en Venezuela«

A la par de estos robos de petróleo, hay un Dato Extra muy interesante:

Un día después de que Trump calificara al gobierno de Caracas como «Organización Terrorista Extranjera», Chevron, en pleno convenio con Venezuela, cargó en sus buques un millón de barriles para exportarlos, según el seguimiento de Bloomberg.

Chevron produce unos 200.000 barriles diarios en múltiples empresas conjuntas con la petrolera nacional de Venezuela y exporta a refinerías estadounidenses en la Costa del Golfo.

Al mismo tiempo, mientras Estados Unidos anunciaba a viva voz sus robos, Venezuela logró el hito de 1 200 000 barriles de petróleo producidos cada día, en un ascenso constante de recuperación de la industria de hidrocarburos, de manera independiente y soberana.

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